DECRETO LEGISLATIVO Nº 728
El régimen laboral establecido en el Decreto Legislativo N° 728 fue concebido para el sector
privado e incorporado al sector público esencialmente para las entidades que surgieron a partir
de la Constitución Política de 1993, y esto obedece a la razón que se intentó dotar de un
concepto dinámico a los procesos de contratación con la consecuente mejora salarial, así pues
de buscó flexibilizar los procesos de contratación, una muestra de ello lo encontramos en la
posibilidad de celebrar contratos de trabajo de naturaleza temporal, accidental y contratos para
obra o servicios y se amplió las causales objetivas para la extinción del contrato de trabajo,
incluyendo la posibilidad de ceses colectivos, conforme desarrollaremos oportunamente.
Con este panorama se promulga el Decreto Legislativo N° 7282
,
el cual no ha desarrollado un concepto sobre lo que debemos
entender por Contrato de Trabajo. En efecto, el Decreto Supremo
N° 003-97-TR que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto
Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral
(conocido como D. Leg. 728) únicamente ha señalado que en toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados se presume que existe un
contrato de trabajo
La estabilidad laboral tiene dos
vertientes: la estabilidad de salida y la estabilidad de
entrada. La estabilidad de salida se manifiesta a través
de las reglas que prohíben los despidos arbitrarios
(negándoles efectos o atribuyéndoles determinadas
consecuencias indemnizatorias); y la de entrada, en la
preferencia de la contratación permanente sobre la
temporal.
TITULO II - DEL CONTRATO DE TRABAJO
CAPITULO I - Normas Generales
CAPITULO II - Del Período de Prueba
CAPITULO III - De la Suspensión del Contrato de Trabajo
CAPITULO IV - De la Extinción
CAPITULO V - De los Derechos del Trabajador
CAPITULO V I- De los Trabajadores de Dirección y de Confianza
CAPITULO VII - Del Cese Colectivo por Causas Objetivas
TITULO III - DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO SUJETOS A MODALIDAD
CAPITULO I - Del Ámbito de Aplicación
CAPITULO II - Contratos de Naturaleza Temporal
- Contrato por Inicio o Incremento de Nueva Actividad
- Contrato por Necesidades del Mercado
- Contrato por Reconversión Empresarial
CAPITULO III - Contratos de Naturaleza Accidental
- Contrato Ocasional
- Contrato de Suplencia
- Contrato de Emergencia
https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_per_dl728.pdf
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https://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_per_dl728.pdf
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1374120/ALERTA_LEGAL_29.pdf.pdf