COMPENSACIÓN POR TIEMPOS DE SERVICIOS (CTS)





                                                VIDEO : Explicando todo acerca de compensación en tiempos de servicios del sector privado
URL: https://youtu.be/kxkjAOxxsGQ

Es un beneficio social que busca cubrir las contingencias derivadas de la terminación del empleo, Esta compensación se deriva desde el primer mes del inicio de relación laboral así también es un derecho laboral que tienen los trabajadores del sector privado que se encuentran en planilla Se  trata  de una bonificación  a la que pueden acceder con respaldo económico para cuando dejen de laborar en un empresa, Se le considera como una suerte de "AUTOSEGURO DE DESEMPLEO" El empleador debe hacer el depósito de la CTS en la cuenta bancaria indicada por el empleado dos veces al año (mayo y noviembre). El monto semestral a ser depositado equivale a un doceavo de la remuneración por cada mes completo de servicios durante dicho período. En este sentido, la cantidad que se deposite en un año por cada empleado será de aproximadamente un salario mensual .

Por lo tanto como la CTS es depositada dos veces al año  en mes de mayo y noviembre  el monto que se recibe al año  es aproximadamente 1,17 sueldos que incluye la sexta parte de la última gratificación percibida  por ejemplo:

  • Un trabajador que trabaja  en una empresa privada  tiene una remuneración fija de $3.000 mensuales  su CTS  anual será de $3.500 por lo que recibirá un pago semestral del $1.750 en mayo y $1.750 en el mes de noviembre. 


"DATO CURIOSO"

Es importante tener en cuenta que no todos los trabajadores tienen derecho a la CTS, Es un derecho de los  que tienen contratos  formales en el sector privado. 
 

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